La mayoría de los residentes permanentes deben tener cuatro años y nueve meses de residencia para poder solicitar la naturalización. La regla general es que alguien puede presentar la solicitud tres meses antes del período de tiempo requerido, que suele ser de cinco años. Como tal, cuatro años y nueve meses sería la fecha más temprana para presentar la solicitud.
Hay una serie de excepciones y variaciones de esta regla general, algunas de las cuales permiten que las personas presenten la solicitud incluso antes, según sus circunstancias.
Solicitar la ciudadanía de los EE. UU. temprano por matrimonio con un ciudadano de EE. UU.
Existe una excepción importante a la regla general de cinco años para los cónyuges de ciudadanos estadounidenses. Si cumplen con todos los requisitos, los cónyuges de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la naturalización en dos años y nueve meses. Esto se debe a que se les permite presentar la solicitud en tres años en lugar de cinco, y también pueden aprovechar la ley de presentación anticipada de tres meses.
Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses deben revisar cuidadosamente los requisitos para asegurarse de que califiquen para la naturalización temprano, que incluyen:
- El cónyuge debe seguir siendo ciudadano estadounidense hasta que se convierta en ciudadano estadounidense en la ceremonia de juramento.
- El cónyuge debe haber vivido en unión matrimonial durante tres años antes de presentar la solicitud, lo cual no está sujeto al período de presentación anticipada. Esto puede ser un problema para los cónyuges que se casaron con ciudadanos estadounidenses después de convertirse en residentes permanentes, en lugar de convertirse en residentes permanentes mediante el matrimonio con un ciudadano estadounidense.
- Los cónyuges deben residir juntos y vivir en unión matrimonial hasta la fecha de la ceremonia de juramento, a menos que existan razones imperiosas para vivir por separado.
- Este período de presentación anticipada puede no ser posible en caso de divorcio, anulación o muerte del cónyuge ciudadano estadounidense.
Solicitar la ciudadanía de los EE. UU. Anticipadamente en base a una petición de VAWA o abuso por parte de un ciudadano de los EE. UU.
El período de presentación anticipada para cónyuges de ciudadanos estadounidenses también se aplica en algunos casos a personas que fueron abusadas por cónyuges ciudadanos estadounidenses. Esto puede ser posible incluso si el cónyuge se ha divorciado del ciudadano estadounidense. USCIS permitirá que ciertos cónyuges presenten la solicitud si se convirtieron en residentes permanentes en base a:
- Una petición I-360 aprobada como cónyuge abusado de un ciudadano estadounidense
- Una petición I-360 aprobada como cónyuge abusado de un residente permanente legal que luego se convirtió en ciudadano estadounidense.
- Beneficiarios aprobados de la cancelación de deportación por regla especial cuando el cónyuge abusivo era un ciudadano estadounidense o, en algunos casos, beneficiario que había intentado casarse con un ciudadano
- Solicitudes de residencia basadas en matrimonio donde una solicitud de remoción de condiciones I-751 fue aprobada sobre la base de agresión o crueldad extrema por parte de un ciudadano solicitante o residente permanente legal
Solicitar la ciudadanía de los EE. UU. temprano basado en una relación con un miembro de las Fuerzas Armadas de EE. UU.
Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses que residen en el extranjero y trabajan para el gobierno de los Estados Unidos a veces pueden presentar una solicitud sin un período específico de tiempo como residente permanente, siempre y cuando sean residentes. Esta es una situación común con los cónyuges de miembros de las Fuerzas Armadas de EE. UU. La ceremonia de naturalización generalmente debe ocurrir en los EE. UU., y ciertas modificaciones también son posibles para los residentes permanentes condicionales.
Hay otras opciones disponibles para los cónyuges e hijos de miembros de las Fuerzas Armadas de EE. UU., veteranos y miembros que fallecieron en servicio activo. Es importante revisar algunas de estas opciones menos comunes con un abogado para determinar la elegibilidad y discutir el proceso.
Solicitud de ciudadanía estadounidense basada en servicio actual o anterior en las Fuerzas Armadas de EE. UU.
En los últimos años, la mayoría de las personas deben convertirse en ciudadanos estadounidenses antes o poco después de unirse a las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos. Hay algunas excepciones a esto. Sin embargo, en décadas anteriores, algunas personas se unieron a las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y sirvieron en servicio activo sin llegar a ser ciudadanos estadounidenses. Algunas personas ni siquiera tuvieron un estatus legal para empezar. Si esa persona sirvió durante un período de conflicto (incluido el 11/09/2001 hasta la fecha actual), puede calificar para la naturalización directa sin llegar a ser residente permanente.
Retroceso de tarjetas de la residencia y solicitud anticipada de ciudadanía estadounidense
Ciertos residentes permanentes reciben sus tarjetas con una fecha anterior a la fecha real de aprobación. Siempre que USCIS haya fechado correctamente la tarjeta, esto es normal y esa fecha se puede usar para determinar cuándo pueden solicitar la naturalización. USCIS a veces comete errores con las fechas de las tarjetas de residencia, por lo que siempre es importante comparar esa fecha con la fecha real de aprobación y la ley aplicable para el tipo de solicitud de residencia. La fecha de vencimiento de la tarjeta generalmente se aplica solo a ciertos tipos de casos, como:
- Tarjetas de residencia de la Ley de Ajuste Cubano (fecha de llegada o 30 meses antes de la aprobación de la tarjeta de residencia)
- Refugiados (fecha de entrada a EE. UU.)
- Tarjetas de residencia para asilados (un año antes de la fecha de aprobación)
- Personas en libertad condicional de Lautenberg (fecha de la libertad condicional en los Estados Unidos)
Si la tarjeta tiene una fecha incorrecta, no afecta la fecha real de elegibilidad para la ciudadanía y el solicitante debe revisar el asunto con un abogado.